Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, del 18 de enero, el Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, y el Real Decreto 62/2022, de 25 de enero, se enmarcan dentro del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, por lo que son reconocidos por el Ministerio de Educación mediante la convalidación de módulos correspondientes a los títulos de Formación Profesional.
Acreditan el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo.
Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Son expedidos por el SEPE (Servizo Público de Empleo Estatal) y las Comunidades Autónomas.
Poseer un certificado de profesionalidad completa un currículum profesional, al ser un documento oficial que puede ser valorado en cualquier proceso de selección convocado por las Administraciones Públicas o la empresa privada. Para el trabajador/a que no tenga otra titulación pero sí conocimientos y experiencia profesional, puede abrirle la puerta del mercado laboral.
Los certificados de profesionalidad constan de tres niveles de cualificación profesional, siendo 1 el más básico y 3 el más complejo.
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