RESUMEN ELABORADO POR
— RESOLUCIÓN del 15 de junio de 2020 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de los comercios minoristas gallegos para contribuir a la reactivación del comercio gallego garantizando la seguridad laboral y la generación de confianza en el consumidor, susceptibles de financiamiento por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva. IGAPE. (código de procedimiento IG524C). IGAPE, DOG Nº 119, 18.06.2020
BENEFICIARIOS
Pequeñas y medianas empresas (pymes) cualquiera que sea su forma jurídica pudiendo acceder agrupaciones de personas físicas o jurídias, públicas o personales, las comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado y que cumplan las siguientes condiciones:
• Que desarrollen su actividad en Galicia al menos en un centro de trabajo
• Que, teniendo la condición de pyme empleen a menos de 10 trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable
• Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes de IAE que se relacionan en el anexo I: 641, 642, 643, 644, 645, 647 (excepto 647.4, 647.5), 651, 652, 653, 656, 657, 659 y 972 (peluquerías e institutos de belleza)
• Que desarrollen la actividad comercial en uno o varios establecimientos, que individualmente no superen una superficie de 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653 del IAE.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Los proyectos objeto de apoyo deben derivarse del informe de Autodiagnóstico efectuado con la herramienta ComercioSeguroGalicia, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, que deberá adjuntarse junto con la solicitud de ayuda y podrán incluir una o varias de las siguientes actuaciones:
1. Medidas de protección de los empleados y clientes en el establecimiento comercial tales como:
• Pantallas protectoras para mostradores y zonas de caja.
• Vinilos adhesivos para la delimitación en el suelo de zonas seguras, marca de los fjujos de clientes, marca de posicionamiento y de la distancia de seguridad interpersonal.
• Dispositivos de control de aforos y de sistemas de conteo de clientes u otro sistema para garantizar la distancia entre clientes.
• Dispositivo de control de temperatural.
• Cualquier otra medida de las recomendadas por la autoridad sanitaria que permita incrementar la protección de los empleados y clientes.
2. La adaptación del establecimiento comercial para reducir el contacto del cliente con elementos y supeficies y evitar su contaminación tales como
• Puertas de apertura autómatica.
• Instalación de puntos de autopago.
• Sensores de luz.
• Cualquier otra medida o dispositivo para minimizar el contacto.
3. La adquisición de medios de protección e higiene para comerciantes y clientes: mascarillas protectoras individuales, mascarillas para el personal del establecimiento comercial, guantes, calzas, dispensadores automáticos de geles hidroalcohólicos y cualquier otra para la protección personal que sea adecuada a la específica actividad en el comercio. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20% del total de actuaciones subvencionables; consecuentemente, ningún proyecto podrá constar únicamente de actuaciones contempladas en este epígrafe.
4. Las instalaciones de equipos de desinfección de superficies, ambientes y productos
5. La contratación de servicios de limpieza de los locales y realizar desinfecciones de forma periódica. La cantidad La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20% del total de actuaciones subvencionables para un período máximo de prestación de servicios de 6 meses; consecuentemente, ningún proyecto podrá constar únicamente de actuaciones contempladas en este epígrafe.
6. La adquisición de equipos o realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire del establecimiento comercial.
7. Cartelería y puntos de información, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención ante el COVID-19 implementadas en el establecimiento comercial
8. De manera excepcional, otros que puedan contribuir a proteger la salud de los comerciantes, empleados y clientes frente al COVID-19, lo cual se motivará en la resolución de concesión.
Importe mínimo de gasto: 300 €
Importe máximo de gasto: 1.200 €
CUANTÍA SUBVENCIONABLE
• 100% del gasto subvencionable con el límite máximo de 1.200 €. Se anticiparán un 50% del importe de la ayuda una vez concedida con el límite de 600 €
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
• El plazo de solicitud finaliza el 31 de julio de 2020
PLAZO DE EJECUCIÓN DE PROYECTOS
• El plazo de ejecución de los proyectos, desde el 15 de marzo hasta el 30 de octubre de 2020